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Invertir en Panamá: guía para inversionistas extranjeros

Aarón GómezPor Aarón Gómez
· 8 min de lectura
Invertir en Panamá: guía para inversionistas extranjeros
4,4 %crecimiento real del PIB de Panamá en 2025 (INEC)
25 %tarifa general del impuesto sobre la renta de sociedades
B/.300tasa única anual por sociedad
13.404tránsitos por el Canal en el año fiscal 2025

Panamá recibe capital extranjero por razones que se repiten en casi todas las consultas: una economía que usa el dólar, un impuesto sobre la renta que solo grava lo producido dentro del país, un canal interoceánico, un centro bancario regional y varias zonas con régimen fiscal propio. Esta guía ordena ese mapa: qué ofrece el país, qué vías existen, qué trámites aparecen siempre, qué impuestos básicos aplican y qué cuidados conviene tener. Cada dato remite a la norma o al informe oficial consultado en noviembre de 2026.

¿Por qué Panamá atrae inversión extranjera?

El primer motivo es la moneda. El Código Fiscal dispone que el dólar de los Estados Unidos y sus múltiplos y divisiones son de curso legal en la República por su valor nominal, igual que el balboa, según recuerda la Circular 35-2000 de la Superintendencia de Bancos. El inversionista no asume riesgo de tipo de cambio frente al dólar ni controles para mover divisas.

El segundo motivo es el tamaño y el ritmo de la economía. Según el avance de cifras del INEC, el producto interno bruto a precios corrientes alcanzó B/.90.462,6 millones en 2025 y la economía creció 4,4 % en términos reales respecto a 2024. El Banco Mundial, en su página de país actualizada el 6 de octubre de 2026, confirma ese 4,4 % de 2025, estima 4,2 % para 2026 y señala que el déficit fiscal bajó de 6,2 % del PIB en 2024 a 3,7 % en 2025, con una deuda pública de 65,6 % del PIB en 2025.

El tercero es la logística. En el año fiscal 2025 el Canal registró 13.404 tránsitos, 19,3 % más que el año anterior, e ingresos de B/.5.705 millones, con una ganancia neta de B/.4.134 millones, según el informe de resultados de la Autoridad del Canal de Panamá.

El cuarto es el sistema financiero. El Informe de Actividad Bancaria de diciembre de 2025 de la Superintendencia de Bancos sitúa los activos del Centro Bancario Internacional en USD 163.014,7 millones, los depósitos en USD 116.809,5 millones y el índice de liquidez legal promedio en 54,87 %, frente a un mínimo regulatorio de 30 %.

¿Cómo funciona el régimen fiscal territorial?

Panamá grava la renta por su origen, no por la residencia de quien la recibe. La Ley 8 de 2010, que reformó el Código Fiscal, define la renta gravable como la diferencia que resulta al deducir de los ingresos generales los ingresos de fuente extranjera y los exentos, y en el artículo 694 enumera actividades cuyas rentas no se consideran producidas dentro del territorio nacional. En la práctica, una sociedad que obtiene ingresos fuera de Panamá no paga impuesto sobre la renta panameño por ellos. Lo que se produce dentro del país sí tributa, con las tarifas que se detallan más abajo.

¿Dónde invertir en Panamá? Vías y vehículos

La tabla resume las vías más usadas y la norma consultada para cada una.

Vía Cómo funciona Norma consultada
Sociedad anónima Vehículo clásico para operar un negocio o tener activos; exige agente residente y paga tasa única anual. Código Fiscal, art. 318-A (Ley 49 de 2009)
Bienes raíces Compra directa o mediante sociedad; sirve además como base de varios permisos de residencia. Decreto Ejecutivo 320 de 2008, art. 193
Depósito a plazo fijo En bancos de licencia general; también habilita permisos migratorios. Decreto Ejecutivo 320 de 2008, art. 191
Zonas económicas especiales Panamá Pacífico, Zona Libre de Colón, regímenes SEM y EMMA, con exoneraciones propias. Ley 41 de 2004; Decreto Ley 18 de 1948; Ley 41 de 2007; Ley 159 de 2020
Residencia por inversión Inversionista Calificado, solvencia económica propia, rentista retirado y Países Amigos. Decreto Ejecutivo 17 de 2026; Decreto Ejecutivo 320 de 2008

La sociedad anónima sigue siendo el vehículo más común. Quien la constituye asume dos obligaciones permanentes: designar un agente residente y pagar la tasa única. El agente residente es el abogado o la firma de abogados que, según las preguntas frecuentes de la Superintendencia de Sujetos no Financieros, registra la sociedad y a sus beneficiarios finales en el sistema único del Estado.

Los bienes raíces tienen un atractivo adicional: la propiedad puede sostener un permiso migratorio. El Servicio Nacional de Migración exige, para el permiso de solvencia económica propia por inversión en bienes inmuebles, una inversión mínima de B/.300.000 con fondos de origen extranjero y finca libre de gravámenes; el permiso dura dos años y después se puede optar por la residencia permanente. La misma lógica aplica al depósito a plazo fijo de B/.300.000 por un mínimo de tres años en un banco de licencia general.

Para quien compara regímenes especiales, la Ley 41 de 2004 declara el Área Panamá Pacífico libre de impuestos directos e indirectos nacionales, salvo el impuesto sobre la renta, el de dividendos, el complementario y el de remesas al exterior en los casos que la propia ley fija, y exonera por completo las rentas de servicios prestados a personas ubicadas fuera del país. La Zona Libre de Colón, creada por el Decreto Ley 18 de 1948, ocupa 1.064,5 hectáreas en la costa caribeña y alberga alrededor de 2.000 empresas, según su página institucional; PROPANAMA resume su incentivo principal como 0 % de impuesto sobre las ganancias por operaciones en el extranjero. El régimen de Sedes de Empresas Multinacionales, según el Ministerio de Comercio e Industrias, aplica una tarifa de 5 % de impuesto sobre la renta a los servicios de la sede y exime del impuesto de dividendos, del complementario y del aviso de operación; el régimen EMMA, creado por la Ley 159 de 2020, replica esos beneficios para servicios vinculados a la manufactura.

¿Qué programas de residencia por inversión existen?

El programa de mayor perfil es el de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado. Nació con el Decreto Ejecutivo 722 de 2020 y, según la Gaceta Oficial 30613 del 16 de septiembre de 2026, fue subrogado por el Decreto Ejecutivo 17 de 8 de septiembre de 2026, que dicta nuevas medidas económicas, migratorias y de inversión para esa subcategoría. En su versión anterior, fijada por el Decreto Ejecutivo 109 de 2022, las vías eran la compra de un inmueble, la promesa de compraventa con fideicomiso, los títulos valores adquiridos a través de una casa de valores con licencia y el depósito a plazo fijo a cinco años, siempre con fondos de fuente extranjera y permanencia mínima de la inversión. Los montos vigentes deben leerse en el texto del Decreto 17 antes de planificar cualquier compra.

Junto a ese programa conviven las vías ordinarias del Decreto Ejecutivo 320 de 2008: solvencia económica por inmueble o por depósito, ya descritas, y el permiso de rentista retirado, que pide acreditar una renta mensual de B/.850 proveniente de intereses de un depósito a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros, por un mínimo de cinco años. Para ciudadanos de determinados países existe además la Visa de Países Amigos, con requisitos propios que se explican en su guía.

¿Qué trámites aparecen siempre?

  1. Agente residente. Toda persona jurídica debe tenerlo y está obligada a entregarle los datos necesarios para identificar a su beneficiario final, según el artículo 7 de la Ley 129 de 2020 recogido en el marco normativo de la Superintendencia de Sujetos no Financieros.
  2. Tasa única. El artículo 318-A del Código Fiscal, en la redacción de la Ley 49 de 2009, fija B/.250 al inscribir la sociedad y B/.300 cada año siguiente. Vence el 15 de julio si la sociedad se inscribió entre enero y junio, y el 15 de enero si se inscribió entre julio y diciembre. El pago tardío causa un recargo de B/.50 por año y, tras dos periodos impagos, una multa de B/.300 y una marginal de morosidad en el Registro Público.
  3. Registro de beneficiario final. El agente residente registra a la sociedad y a las personas naturales que la controlan en el sistema privado y único que administra la Superintendencia de Sujetos no Financieros. El registro no tiene costo y la información no es pública, según las preguntas frecuentes oficiales.
  4. Aviso de Operación. Para iniciar actividades comerciales o industriales se presenta una declaración jurada en el sistema PANAMAEMPRENDE del Ministerio de Comercio e Industrias. La Ley 2 de 2013 la define como obligatoria e indispensable y le da valor de documento público una vez confirmada.

¿Qué impuestos básicos tocan al inversionista?

Impuesto Tarifa Fuente
Renta de personas jurídicas 25 % sobre la renta neta gravable de fuente panameña Código Fiscal, art. 699 (Ley 8 de 2010)
Dividendos 10 % sobre utilidades de fuente panameña; 5 % sobre utilidades de fuente extranjera o exenta Código Fiscal, art. 733 (Ley 8 de 2010)
ITBMS 7 % general; 10 % hospedaje y bebidas alcohólicas; 15 % tabaco Código Fiscal, art. 1057-V (Ley 8 de 2010)
Inmueble (tarifa general) 0 % hasta B/.30.000; 0,6 % hasta B/.250.000; 0,8 % hasta B/.500.000; 1 % sobre el excedente Código Fiscal, art. 766-A (Ley 66 de 2017)
Tasa única B/.300 anuales por sociedad Código Fiscal, art. 318-A (Ley 49 de 2009)

La Ley 8 de 2010 fijó la tarifa general del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas en 25 % desde 2011 y la tarifa del ITBMS en 7 % desde el 1 de julio de 2010. La misma ley obliga a retener el impuesto de dividendos: 10 % sobre utilidades de fuente panameña y 5 % sobre las de fuente extranjera, de exportación o exenta; las empresas de zonas libres retienen 5 % en todos los casos.

En bienes raíces, la Ley 66 de 2017 exonera los inmuebles con base imponible de hasta B/.120.000 que constituyan patrimonio familiar tributario o vivienda principal, y aplica a los demás inmuebles la tarifa progresiva del artículo 766-A. El cálculo completo, con ejemplos, está en la guía sobre el impuesto de inmueble.

¿Qué riesgos y cuidados conviene tener?

El primer cuidado es documental. Casi todos los permisos exigen demostrar que los fondos provienen del extranjero, que el inmueble o el depósito está libre de gravámenes y que la inversión se mantiene durante el plazo mínimo. Migración pide además antecedentes penales, certificado de salud y poder notariado.

El segundo es el cumplimiento corporativo. Una sociedad que no paga la tasa única no puede inscribir actos en el Registro Público y acumula recargos y multas; sin agente residente activo no puede registrar a su beneficiario final. Estas obligaciones responden al refuerzo del marco contra el blanqueo de capitales: el 27 de octubre de 2023 el Grupo de Acción Financiera Internacional retiró a Panamá de su lista de jurisdicciones bajo monitoreo reforzado, según comunicaron la Superintendencia del Mercado de Valores y la Superintendencia de Bancos, tras verificar los 15 puntos del plan de acción.

El tercero es normativo. Los montos de los programas migratorios cambian por decreto ejecutivo, como ocurrió con el Inversionista Calificado en 2022 y 2026. Antes de comprar o abrir un depósito con fines migratorios, conviene leer la versión vigente del decreto en la Gaceta Oficial y los requisitos del Servicio Nacional de Migración.

El cuarto es tributario. El régimen territorial exime la renta de fuente extranjera, pero el país de residencia fiscal del inversionista puede gravar lo que Panamá no grava. La planificación debe mirar ambas jurisdicciones.

Preguntas frecuentes

¿Es seguro invertir en Panamá con dólares?

Sí. El Código Fiscal reconoce al dólar de los Estados Unidos como moneda de curso legal por su valor nominal, igual que el balboa. No hay riesgo de cambio frente al dólar ni controles para mover divisas, según recuerda la Superintendencia de Bancos.

¿Qué impuestos paga un extranjero que invierte en Panamá?

Solo tributa la renta producida dentro del país. Las sociedades pagan 25 % sobre la renta neta gravable local, retienen 10 % o 5 % sobre dividendos, cobran ITBMS de 7 % y pagan una tasa única de B/.300 al año.

¿Cómo invertir en Panamá para obtener residencia?

Existen permisos por solvencia económica con inmueble o depósito de B/.300.000, el programa de Inversionista Calificado regulado desde septiembre de 2026 por el Decreto Ejecutivo 17, el permiso de rentista retirado y la Visa de Países Amigos para ciertas nacionalidades.

¿Qué es el agente residente y por qué es obligatorio?

Es el abogado o la firma panameña que toda sociedad debe designar. Registra a la sociedad y a sus beneficiarios finales en el sistema privado de la Superintendencia de Sujetos no Financieros y canaliza el pago de la tasa única.

¿Dónde conviene invertir en Panamá si se busca un régimen fiscal especial?

Panamá Pacífico, la Zona Libre de Colón y los regímenes SEM y EMMA ofrecen exoneraciones propias: desde 0 % sobre ganancias por operaciones en el extranjero hasta una tarifa de 5 % de renta para sedes multinacionales, según la actividad.

Fuentes

  1. Banco Mundial, página de país Panamá (crecimiento 2025, déficit y deuda)
  2. INEC, Avance de cifras del PIB anual y trimestral 2025
  3. Autoridad del Canal de Panamá, resultados del año fiscal 2025
  4. Superintendencia de Bancos, Informe de Actividad Bancaria diciembre 2025
  5. Superintendencia de Bancos, Circular 35-2000 (art. 1171 del Código Fiscal, curso legal del dólar)
  6. Ley 8 de 2010 (Órgano Judicial): arts. 694, 695, 699, 733 y 1057-V del Código Fiscal
  7. Ley 49 de 2009 (copia en Superintendencia de Bancos): art. 318-A, tasa única
  8. Ley 66 de 2017 (Legispan, Asamblea Nacional): impuesto de inmueble, arts. 764 y 766-A
  9. SSNF, Preguntas frecuentes del Registro Único de Beneficiarios Finales
  10. SSNF, Marco normativo (texto de la Ley 129 de 2020)
  11. Ley 2 de 2013 (Legispan): art. 3 de la Ley 5 de 2007, Aviso de Operación
  12. Ley 41 de 2004 (copia en MICI): régimen fiscal del Área Panamá Pacífico, arts. 58 a 60
  13. MICI, beneficios del régimen SEM (Ley 41 de 2007)
  14. MICI, beneficios del régimen EMMA (Ley 159 de 2020)
  15. Zona Libre de Colón, Quiénes somos (Decreto Ley 18 de 1948, hectáreas y empresas)
  16. PROPANAMA, ficha de la Zona Libre de Colón (incentivos)
  17. Gaceta Oficial 30613 (16-09-2026): Decreto Ejecutivo 17 de 2026, Inversionista Calificado
  18. Gaceta Oficial 29643-A (13-10-2022): Decreto Ejecutivo 109 de 2022, vías del Inversionista Calificado
  19. Servicio Nacional de Migración, requisitos solvencia económica por inmueble (art. 193)
  20. Servicio Nacional de Migración, requisitos solvencia económica por depósito a plazo fijo (art. 191)
  21. Servicio Nacional de Migración, requisitos rentista retirado (art. 196)
  22. Superintendencia del Mercado de Valores, Comunicado 21 (salida de la lista gris del GAFI, 27-10-2023)
  23. Superintendencia de Bancos, Comunicado 19-2023 (salida de la lista gris del GAFI)

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Aarón Gómez
Aarón GómezAarón Gómez es administrador de empresas con mención en sistemas contables y tiene 8 años de experiencia en posicionamiento web. En Actualidad Panamá escribe sobre inversiones y negocios, ciencia y tecnología, y cultura.
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